Modificación del impuesto sobre el patrimonio en Andalucía.
Una noticia positiva. El 21 de septiembre de 2022, el decreto-ley 7/2022, de la Comunidad Autónoma de Andalucía modificó en el "BOJA" el decreto-ley 5/2021, de 20 de octubre, sobre los tributos cedidos de la Comunidad Autónoma. Este decreto se publicó con el objetivo de impulsar la economía andaluza.
Incluye una reducción general del 100% de la base imponible del impuesto sobre el patrimonio, o lo que es lo mismo, que su propiedad no será gravada con este impuesto en el futuro.
Aunque los inversores extranjeros en propiedades de lujo en Andalucía lo hacen sobre todo por el clima y la buena vida, la abolición de facto del impuesto sobre el patrimonio podría ser un estímulo adicional.
Con este decreto, el gobierno andaluz aprueba una serie de órdenes. Entre ellos:
Impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas (que deben presentar tanto los contribuyentes en España como los que no lo son): Se aplica una reducción del 100% de la tarifa resultante de la liquidación. Esto significa que la declaración de impuestos sigue siendo obligatoria, pero el resultado a pagar es cero.
Ya existía una exención para los primeros 700.000 euros de patrimonio y la parte más alta se gravaba por etapas.
Impuesto sobre la renta de las personas físicas (sólo aplicable a las personas que son residentes fiscales):
- La tasa andaluza aplicable a la base imponible se ajustará para reducir el importe resultante de la liquidación de este impuesto.
- Se aumentan los mínimos personales y familiares autonómicos aplicables al impuesto, lo que conlleva también una reducción de la cuantía a pagar por este impuesto resultante.